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Por qué la justicia chilena sigue en falta

Pedro Poblete
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Publicado el 24 de febrero de 2020

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Los fallos en casos de desaparición forzada suelen ser anunciados como grandes avances en materia de justicia. La sentencia reciente en el caso del poblador y militante del MIR Pedro Poblete Córdova muestra hasta qué punto esto está lejos de ser cierto.

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Pedro PobletePedro PobletePedro Poblete fue un obrero y dirigente de la población José María Caro, activo miembro de organizaciones juveniles y grupos cristianos de base. Tenía 27 años cuando fue detenido el 19 de julio de 1974 y posteriormente hecho desaparecer, al igual que casi 300 militantes de su partido, solo durante ese año. En medio de una intensa represión, al momento de su detención estaba a cargo de la reorganización del MIR en la zona sur de Santiago.

La sentencia condenatoria de 2015 estableció que Pedro Poblete fue torturado y mantenido ilegalmente en Londres 38, información que ya se conocía en 1974. La sentencia señala de manera escueta que no existe "antecedente que hubiese sobrevivido a ese cautiverio", sin embargo, la justicia tampoco estableció su muerte, por lo que continúa desaparecido. Esto significa que en más de 40 años no hubo ningún avance sustantivo en la investigación de los tribunales. El destino de Pedro Poblete sigue siendo un secreto conservado con celo por militares y civiles mediante férreos pactos de silencio y una densa red de complicidades y encubrimiento desde el Estado.

Como en Chile no está tipificado el delito de desaparición forzada, se procesó y condenó a los responsables por "secuestro calificado", al igual que en todos los casos de detenidos desaparecidos. El ministro Hernán Crisosto condenó como autores o cómplices a 134 agentes, pero la Corte de Apelaciones, en la sentencia del 6 de febrero pasado, absolvió a 54 y rebajó las condenas de otros siete altos oficiales por considerar que les beneficia la "irreprochable conducta anterior" . Esto significa que los acusados no tienen condenas anteriores al hecho, no importando para la Corte que los condenados, como Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza, acumulen decenas de condenas por crímenes de lesa humanidad, similares y contemporáneos al caso de Poblete.

Nos parece grave y escandaloso que la sentencia dictada en el año 2015, tuviera que esperar cinco años para que la Corte de Apelaciones terminara absolviendo a 54 agentes, entre los cuales se encuentran oficiales que ejercían mando en Londres 38, guardias que custodiaban a los detenidos es interrogadores que los torturaban. La Corte justifica la absolución en el hecho de que no formaban parte, específicamente, del equipo que detuvo en la vía pública a Pedro Poblete Córdova y más grave aún, porque los agentes han señalado no recordar a la víctima, o no saber su nombre o su destino. De esa forma, en las decisiones judiciales, se sigue omitiendo la existencia de patrones de macrocriminalidad y de una asociación criminal cuyo objetivo era el exterminio de quienes se oponían a la dictadura.

Entre los condenados se encuentran los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González, Manuel Carevic Cubillos y Ciro Torré Sáez a quienes la Corte rebajó la pena a 10 años de presidio, como autores del secuestro calificado. En tanto, José Fuentes Torres y Nelson Paz Bustamante, agentes del grupo Halcón de la DINA que cumplieron labores junto a Osvaldo Romo Mena y Basclay Zapata, fueron condenados a cuatro años, como cómplices. Otros 16 agentes condenados fallecieron antes de la sentencia de segunda instancia lo cual confirma el carácter tardío de la justicia.

En septiembre de 1998, el caso de Pedro Poblete fue el primero en ser reabierto después de haber sido amnistiado por la Justicia militar, como muchos otros. Fue un fallo que se consideró histórico por quienes impugnaban la aplicación del decreto ley de amnistía dictado en dictadura. Esa decisión de la segunda sala de la Corte Suprema, estableció la necesidad de investigar los hechos antes de amnistiar y afirmó la doctrina según la cual el secuestro se seguía consumando por lo que la duración temporal del delito excedía el periodo cubierto por la amnistía. Esta decisión permitió la apertura de nuevas investigaciones sobre otras víctimas. Desde esa fecha, en el caso de Pedro Poblete, pasaron más de veinte años para llegar a una sentencia.

De esta manera, no es cierto que se esté estableciendo la verdad completa y la justicia, además de lenta y tardía, también está siendo extraordinariamente limitada. A cuatro décadas de los crímenes, en los casos de personas detenidas desaparecidas apenas se han identificado los restos de 148, de un total de 1192. Así se perpetúa la impunidad y, a la hora de juzgar violaciones a los derechos humanos en el presente, se replican parte de estos criterios judiciales. Así, hay un balance crítico aún pendiente sobre la labor de los tribunales y también sobre las autoridades e instituciones del Estado que han obstruido su trabajo.

Fragmento de libro sobre los militantes de la población José María Caro que permanecieron detenidos y desaparecieron desde Londres 38

La elaboración de esta obra de próximo lanzamiento es parte del trabajo de investigación desarrollado por Londres 38 que estuvo a cargo del historiador Renzo Henríquez. En la escritura final participó también el historiador Sebastián Leiva.

"Junio de 1972. Pobladores y militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) deciden tomarse el supermercado de la población José María Caro. El motivo: sus propietarios se habían plegado al boicot contra el gobierno de Salvador Allende. La intención: abastecer directamente a la comunidad. El «operativo» para copar el supermercado tenía a cargo de su «frente de masas» al militante del MIR Pedro Poblete Córdova."

Pedro Poblete junto a Leopoldo Muñoz Andrade, Abundio Contreras González y Marcos Quiñones Lembach, todos detenidos y desaparecidos desde Londres 38 en 1974, "jugaron un rol protagónico en el desarrollo de sus comunidades locales en los años sesenta y principios de los setenta. Sin embargo, al igual que en muchos otros casos, de lo que más se tiene referencia es del momento represivo y los procesos judiciales que derivaron de su búsqueda. Desde esta perspectiva, se conoce la derrota (o tragedia) y no sus historias militantes; se conoce a la «víctima», no al «protagonista». He aquí donde radica nuestro principal problema de investigación y el esfuerzo desplegado en este trabajo."

Ellos "promovieron el desarrollo de las organizaciones del barrio, procuraron la participación de los vecinos en la solución de sus problemas y alentaron la construcción partidaria en el sector, desplegando una actividad muy significativa en el cordón de poblaciones que, con su centro en 'la Caro', iba desde Lo Sierra hasta San Joaquín.

En esos ámbitos se concentraron Pedro, Leopoldo, Abundio, Marcos y sus compañeras y compañeros de ese vasto sector durante la Unidad Popular, convirtiéndose en destacados militantes de su organización, vecinos reconocidos en sus barrios y legitimados dirigentes poblacionales y gremiales. (...) en estos años se vincularon al problema de la vivienda, el tema del abastecimiento y al desarrollo de las organizaciones sociales y su estructura partidaria, como la subjefatura José María Caro del GPM4, desde donde más tarde surgiría el histórico cordón Cerrillos-Maipú."

Texto íntegro de la sentencia

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