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Denegación de justicia ¿para quién?

Publicado el 20 de febrero de 2019

Una serie de actos y declaraciones de diversas autoridades está configurando una amplia ofensiva negacionista, ya no sólo sobre la interpretación del pasado, sino respecto a la acción de la justicia en el presente en materia de violaciones a los derechos humanos y delitos de corrupción al interior de las fuerzas armadas y policiales.

El procesamiento de seis de los últimos siete ex comandantes en jefe del ejército, y de numerosos altos oficiales de Carabineros y de la Armada constituye un hito de importancia, a pesar del tiempo transcurrido desde la comisión de la mayoría de los delitos y de que los resultados de las investigaciones aún están por verse.

Ante estos requerimientos de la justicia, cuatro ex altos mandos de las FFAA y policiales han asumido una suerte de vocería de los procesados alegando denegación de justicia y desigualdad ante la ley. Paradójica defensa que reclama, justamente, lo que las verdaderas víctimas han sufrido: denegación de justicia expresada en el pasado en el rechazo sistemático a los miles de recursos de amparo presentados en defensa de las personas detenidas, el traspaso de las causas a la justicia militar y el cierre de las investigaciones, así como la aplicación de la prescripción y la amnistía.

Denegación de justicia es hoy la protección a los victimarios procesados, que han permanecido impunes cumpliendo funciones desde el Estado, o las penas irrisorias y el otorgamiento de beneficios a los pocos condenados por estos crímenes que solo en los últimos años comenzaron a ser investigados con limitados resultados.

Un magro balance

Según un informe reciente de la propia Corte Suprema, en los últimos 16 años, se han dictado 457 fallos en casos de crímenes de lesa humanidad, 175 por secuestro calificado (eufemismo jurídico que designa la desaparición forzada no tipificada en la legislación), 158 por homicidio calificado o simple, 37 por secuestro simple, 16 por detención legal y nueve por torturas. Pero a más de cuarenta años de los hechos, las causas pendientes son 1.340, las que, entre otros obstáculos, enfrentan los pactos de silencio, la lentitud de los procesos, y las maniobras dilatorias de los acusados, incluida la frecuente acción de inconstitucionalidad presentada ante el Tribunal Constitucional, convertido hoy en un suprapoder que mantiene suspendidos 10 casos.

De este balance, algunos medios de comunicación han destacado los recursos destinados a indemnizaciones otorgadas a las víctimas, como si estas bastaran para reparar lo irreparable y no fueran una obligación básica del Estado. Se omite, además, la dura realidad que otras cifras muestran: de 1.169 personas detenidas desaparecidas solo han sido encontrados los restos de 104, y de 1.373 agentes del Estado procesados, apenas 107 cumplen condenas, en general bajas, en cárceles especiales y con acceso a formas de libertad.

Ahora, una nueva operación impulsada desde el Ministerio de Justicia busca aprobar una ley para liberar, en virtud de su edad, a los condenados por crímenes de lesa humanidad sin condiciones ni requisitos, salvo ser mayores de 75 años y haber cumplido la mitad de la pena que, dadas las reducidas condenas, no será un obstáculo.

Este proyecto hace caso omiso de los estándares internacionales en materia de crímenes de lesa humanidad, en particular aquellos referidos a la finalidad de la sanción, la proporcionalidad de la pena y su cumplimiento efectivo, y desoye lo señalado por Margarette May Macaulay, Comisionada y Presidenta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en agosto pasado, cuando señaló: "La aplicación de beneficios debe tener en cuenta que es necesario aplicar requisitos más exigentes para casos de graves violaciones de derechos humanos. De lo contrario, tornaría inefectiva la sanción que se impuso, en contravención con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos en materia de graves violaciones a los derechos humanos".

Nuevos obstáculos en el Programa de DDHH

El Programa, convertido en "unidad" dependiente de la Subsecretaría de DDHH del Ministerio de Justicia, ha experimentado una serie de cambios en sus funciones. Si antes pudo patrocinar querellas en representación de las víctimas de violaciones a los DDHH en dictadura y concurrir a apoyar procesos de búsqueda de detenidos desaparecidos, en los primeros meses de este año diversas señales han alertado sobre el abandono de estas funciones.

Una de esas señales fue la decisión de no concurrir a alegar el recurso de apelación presentado por el general (r) Bruno Villalobos contra su procesamiento como cómplice de las torturas con resultado de muerte de Patricio Manzano González, detenido en los trabajos voluntarios de la FECH en 1985, a pesar de que con anterioridad el propio Programa había solicitado el procesamiento de Villalobos. Según fuentes del Ministerio esto obedeció a instrucciones expresas de la Subsecretaria de DDHH, Lorena Recabarren quien tampoco ha firmado las querellas que recibió al comienzo de su gestión, entre ellas, la de Claudio Enrique González Núñez, detenido desaparecido desde diciembre de 1974.

Otra señal preocupante es la reducción de un 23% del presupuesto del Programa para 2019 y el impacto que esto puede tener en el Plan Nacional de Búsqueda de víctimas de desaparición forzada, y en los trabajos en terreno aún pendientes en Colonia Dignidad y Cuesta Barriga, entre otros. En respuesta a una consulta sobre el estado de avance de este Plan, realizada por Londres 38 vía Transparencia, la Subsecretaria solo informó tres acciones actualmente en curso: la elaboración de un listado oficial de víctimas de desaparición forzada (el Estado aún no es capaz de contabilizar adecuadamente sus víctimas); la integración de una mesa de trabajo intersectorial para redactar un "Protocolo de acción para instituciones públicas que auxilian a Ia justicia en Ia búsqueda de víctimas de desaparición forzada" (ya constituida durante el anterior gobierno); y la elaboración de "informes específicos que resuman el trabajo de análisis de fuentes documentales y otras sobre el destino final de víctimas de desaparición forzada".

Considerando que ya han transcurrido más de cuatro décadas desde la comisión de estos crímenes y la magnitud de la tarea pendiente, estas limitadas acciones resultan irrisorias y ponen en evidencia la virtual paralización del Plan Nacional de DDHH, sobre el cual ni siquiera se ha reportado el segundo proceso de seguimiento que debía realizarse a fines de 2018.

El Estado de Chile se encuentra así en una situación de grave incumplimiento de sus compromisos nacionales e internacionales en materia de verdad y justicia, situación agudizada por la promoción desde el propio ejecutivo, de medidas tendientes a la liberación de los pocos condenados por crímenes de lesa humanidad que han mantenido un férreo pacto de silencio y obstaculizado sistemáticamente el avance de las investigaciones

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