Contenido principal

Ordenan a Carabineros retirar cuadros de Generales de la Dictadura

Publicado el 12 de diciembre de 2023

Desde Londres 38 consideramos que esta decisión no borra el pasado ni a sus protagonistas, sino que constituye una señal a las actuales generaciones de carabineros, y también al conjunto de la sociedad, de que en democracia no debe haber homenajes a quienes violan los Derechos Humanos. Declaramos que esperamos el pronto cumplimiento de la sentencia.

La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a Carabineros de Chile, en dos sentencias, el retiro inmediato de los retratos que homenajeaban a César Mendoza Durán y Rodolfo Stange Oelckers, y que se encontraban tanto en la Galería de Honor del Teatro de Carabineros en la Escuela de Suboficiales ubicada en Providencia, como en las dependencias de la Dirección General de Carabineros, en el Centro de Santiago.

En ambos fallos se otorga un plazo de 5 días para que sus retratos sean eliminados "de cualquier inmueble o espacio público o fiscal en el que se encuentren y que se encontraren bajo la dependencia de la institución referida, a exhibición, muestra o a la vista del público o de los funcionarios".

Las sentencias, dictadas con fecha 6 de diciembre del presente año, resuelven dos recursos de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de Carabineros de Chile, interpuestos por el abogado Luis Mariano Rendón, ex prisionero político, quien recurre por sí y en memoria de aquellos a quienes se les privó de la vida, argumentando que los cuadros de quienes tienen la responsabilidad política y militar de las graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos, debieron retirarse de oficio a fin de entregar garantías efectivas de no repetición de las atrocidades cometidas durante la dictadura civil y militar.

A juicio del recurrente, la inobservancia de las garantía de no repetición entrega un mensaje implícito: si las circunstancias se repiten, hay que volver a hacer lo mismo. Lo anterior constituye una perturbación permanente a su derecho a la integridad psíquica consagrado en la Constitución.

Al respecto, Carabineros informó en ambos procesos que los retratos de Mendoza Durán y Stange Oelckers son parte de una tradición histórica de la institución, que consiste en dejar constancia de quienes han ejercido su dirección. Por su parte, el Ministerio del Interior instó por el rechazo del recurso señalando que las galerías serían remodeladas poniendo una reseña histórica explicando el rol de los personajes, por lo que no habría una vulneración de derechos.

La Corte resolvió que este tipo de exhibiciones tienen una connotación "honorífica, distintiva y de ejemplo para los demás", y que es una de las "formas sociales de rendir tributo u homenaje a ciertas personas destacadas", por lo que, desde el respeto a la Constitución y al principio de probidad, ninguna institución estatal "puede vincularse en términos positivos al realce y exaltación de las figuras históricas señaladas (Mendoza Durán y Stange Oelckers), que se encuentran relacionadas íntimamente con las transgresiones al ordenamiento chileno".

Por lo anterior, la Sexta Sala concluyó que Carabineros está obligado a "no resaltar a todo aquél que aparezca vinculado a, por ejemplo, malversación, fraude al fisco, traición, quiebres del orden institucional democrático y republicano, asociaciones ilícitas, homicidios, torturas, tráfico de drogas, etc., sea de manera materialmente directa o con el control o dominio en los hechos de los órganos encargados de la represión estatal en contra de los ciudadanos, entre otros (…)"

Así, el recurso es acogido y se ordena el retiro de los cuadros aludidos, por que resulta ilegal y contrario a la garantía de no repetición, la mantención de los retratos o imágenes de quienes fueron partícipes y responsables de las graves violaciones a los derechos humanos en Chile.

Si bien las sentencias no fueron apeladas por lo recurridos, resulta de especial gravedad la actuación del Ministerio del Interior, encabezado por la Ministra Carolina Tohá, al instar por el rechazo del recurso de protección aduciendo argumentos que avalan el negacionismo y la impunidad estructural hacia las graves violaciones a los derechos humanos en la dictadura.

Desde Londres 38 consideramos que esta decisión no borra el pasado ni a sus protagonistas, sino que constituye una señal directa a las actuales generaciones de carabineros, y también al conjunto de la sociedad, de que en democracia no debe haber homenajes a quienes violan los Derechos Humanos. Declaramos que esperamos el pronto cumplimiento de la sentencia.

Galería

Subir